En las Recomendaciones

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Comunicar verbalmente de forma clara para que el lenguaje jurídico sea fácilmente comprendido por quienes acceden a la justicia y están en condiciones de vulnerabilidad por razón de género o diversidad sexual.

Esto es relevante si se considera que la mayoría de quienes están en condiciones de vulnerabilidad por género o sus identidades sexuales y recurren a tribunales por consultas generales o en busca de tutela judicial efectiva o en otra calidad, no cuentan con conocimientos jurídicos. El lenguaje en que comunica su información el Poder Judicial a toda persona, entonces, debe ser sencillo y llegar de manera simple en la comunicación verbal. Ello, además, puede favorecer evitar posibles procesos de revictimización en casos de violencia a mujeres o personas LGBTI.

> Ejemplos

  • Recurrir a palabras de uso cotidiano para explicar conceptos técnicos jurídicos. El uso de ejemplos o analogías puede ser una acción que favorezca una explicación clara. A modo de ejemplo, la expresión “auto” para referir a una “resolución” se puede explicar indicando que se trata de una decisión que toma quien juzga frente a una determinada cuestión solicitada en el proceso por una de las partes.
  • Preguntar a la persona siempre si entendió su explicación, dándole un tiempo suficiente para responder sin expresiones o gestualidad que pueda evidenciar molestia en caso de demora en responder o consultar varias veces sobre lo mismo.

> Recursos Disponibles

  • Glosario de Términos Jurídicos, elaborado por la Comisión de Lenguaje Claro. Enlace aquí
  • Política de atención de usuarios, elaborada por el Subcomité de atención a usuarios. Enlace aquí.
  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Recomendaciones para el abordaje de una política de género en el Poder Judicial chileno. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Destinar un tiempo suficiente para la atención a mujeres y personas LGBTI que recurren a un tribunal de justicia.

Las mujeres y personas LGBTI concurren a tribunales de justicia usualmente por casos de gran importancia personal, familiar, laboral o económica. Por ello, se debe procurar un tiempo adecuado, en el contexto del funcionamiento del tribunal, para que puedan exponer y formular las preguntas que tengan. Esto es especialmente relevante en casos de alta complejidad, como los de violencia de género (sexual, doméstica u otra) o discriminación por orientación sexual o identidad de género, y cuando las personas tienen situaciones adicionales de vulnerabilidad, como la discapacidad o la condición de migrante, por ejemplo.

> Ejemplos

  • Considerar el tiempo que requiera la persona que recurre a tribunales para ser atendida, para que pueda exponer y formular consultas, poniendo énfasis en la persona y sus circunstancias, procurando no interrumpir su relato.
  • Cuando mujeres concurren presencialmente a tribunales acompañadas de hombres, dirigirse a ellas si son quienes realizan la consulta.
  • Cuando mujeres concurren presencialmente a tribunales, solas o acompañadas, por causas de naturaleza penal, propias o que involucran a familiares o amistades, destinar el mismo tiempo para escucharles.
  • Cuando se trate de niñas y adolescentes o mujeres adultas mayores, procurar un tiempo mayor de atención si es necesario, hasta asegurarse que la persona ha entendido. Debe tenerse presente que la percepción del tiempo por las personas es distinto en los distintos ciclos de edad.
  • Destinar el mismo tiempo a cada persona cuando la atención se realice de forma remota por medios telemáticos.

> Recursos Disponibles

  • Política de atención de usuarios, elaborada por el Subcomité de atención a usuarios. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia. Enlace aquí.
  • Estudio Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia usuarias del Poder Judicial 2020-2021. Enlace aquí.
  • Acta 53-2020: Auto acordado sobre funcionamiento del poder judicial durante la emergencia sanitaria nacional provocada por el brote del nuevo coronavirus. Enlace aquí.
  • Protocolo operativo de funcionamiento de tribunales por medios telemáticos durante la contingencia provocada por COVID 19. Enlace aquí.
  • Protocolo de atención para acceder a canales de denuncia de   violencia intrafamiliar y de violencia de género; y requerimientos de aplicación judicial de medidas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en los tribunales del país, en el contexto de la pandemia covid-19. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Reforzar una acogida adecuada en la atención al público en casos graves de violencia de género.

Cuando mujeres y personas LGBTI concurren a tribunales de justicia en casos de alta complejidad, tal como es la violencia de género (violencia sexual, doméstica u otras materias) quien escucha debe procurar garantizar hacerlo en condiciones de respeto y privacidad suficientes, mostrando en todo momento el interés real por ayudar a quien busca justicia, reconociendo que se trata de situaciones que afectan la dignidad de las personas y evitando la revictimización.

> Ejemplos

  • En caso de atención presencial, sea en tribunales de familia o penales, procurar que la persona víctima no tenga contacto con las personas imputadas como responsables, salvo cuando sea estrictamente necesario dada la tramitación de la causa. Para ello se pueden adoptar como medidas citarlos en horarios distintos, utilizar separadores de espacio, como un biombo, y velar porque no se produzca el contacto en el ingreso o salida del tribunal.
  • Empatizar con la situación de personas víctimas de violencia,sus familiares y amistades, reconociendo que se trata de situaciones que afectan gravemente su dignidad.
  • Intervenir inmediatamente si en una situación concreta se produce un encuentro no deseado entre personas, que derive en insultos o agresión física.
  • La persona funcionaria que recibe una declaración de hechos en este tipo de causas, sea de manera presencial o remota, debe contar con formación adecuada en la materia, no formular jamás una calificación de los hechos o circunstancias que escucha y resguardar la integridad de la persona que declara como presunta víctima y la confidencialidad del relato.

> Recursos Disponibles

  • Política de atención de usuarios, elaborada por el Subcomité de atención a usuarios. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia. Enlace aquí.
  • Acta 71-2016 de Ley de Tramitación Electrónica, capítulos VI, VII y VIII. Enlace aquí.
  • Recomendaciones para el abordaje de una política de género en el Poder Judicial chileno, Comisión de Derechos Humanos y Género de la Asociación de Magistrados y de la Asociación de Magistradas chilenas. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de grupos vulnerables: niño, niñas y adolescentes, personas con discapacidad, personas migrantes y mujeres víctimas de violencia de género. Enlace aquí.
  • Protocolo de atención para acceder a canales de denuncia de violencia intrafamiliar y de violencia de género y requerimientos de aplicación judicial de medidas de protección de niños, niñas y adolescentes. Enlace aquí.
  • Portal web de Funcionamiento de extraordinario de tribunales en causa de violencia contra las mujeres. Enlace aquí.
  • Protocolo operativo de funcionamiento de tribunales por medios telemáticos durante la contingencia provocada por COVID 19- Enlace aquí.
  • Estudio Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia usuarias del Poder Judicial  2020-2021- Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Entregar información de otras entidades que también puedan orientar a mujeres y personas LGBTI que concurren a tribunales..

Muchas consultas de personas que concurren a tribunales de justicia, cualquiera sea su competencia, no corresponden estrictamente a asuntos de resolución del Poder Judicial. Por ello, la información sobre otras reparticiones públicas o privadas u organismos de la sociedad civil que puedan entregar asesoría en materias de género y diversidad sexual debe estar disponible para dar una atención concreta, considerando especialmente información sobre opciones de asesoría jurídica gratuita especializada en género, cuando se requiera.

> Ejemplos

  • Identificar las redes institucionales y/o comunitarias existentes en su contexto (nivel regional, comunal y local) que otorgan servicios y recursos de apoyo y las funciones que cada una desarrolla, así como los grupos especiales de atención de cada una (infancia, discapacidad, otras). Por ejemplo, ABOFEM, ACHNU, Acción Gay, Agrupación lésbica Rompiendo el silencio, Corporación Desarrollo Emprender con Alas, Corporación En Marcha, Corporación OPCIÓN, Fundación Todo Mejora, Fundación Iguales, Fundación Renaciendo, Corporación MILES, MOVILH, MUMS, OTD,  Observatorio Contra el Acoso Callejero Chile(OCAC), Red Chilena contra la Violencia hacia las mujeres, Corporación Humanas, entidades municipales, clínicas jurídicas de universidades, otras.
  • Conocer las redes institucionales en las que participa el PJUD o su propio Tribunal, las funciones que cada una desarrolla, e identificar a la persona que cumple el rol de representante con el propósito de mantener información actualizada.
  • Evaluar que esta recomendación sea considerada como un eje de metas de gestión institucional desde Sub Comité de atención de personas usuarias.
  • Mantener actualizada la información respecto a los servicios públicos disponibles, datos de contacto, referentes institucionales y requisitos de acceso.
  • Disponer de un repositorio de fácil acceso para las personas usuarias y para personas funcionarias, que contenga la información de redes antes descrita.
  • Difundir la oferta de recursos y servicios mediante diversos medios posibles: cartillas, ficheros o diarios murales, etc. y en plataformas digitales de fácil acceso al público general.
  • Incorporar en la gestión institucional de cada unidad iniciativas que promuevan la coordinación y colaboración interinstitucional con organismos públicos y privados relacionados, tales como, campañas informativas conjuntas.

> Recursos Disponibles

  • Protocolo de acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia. Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Acta 53-2020: Auto acordado sobre funcionamiento del poder judicial durante la emergencia sanitaria nacional provocada por el brote del nuevo coronavirus. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de personas mayores. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Respetar la identidad y la expresión de género de las personas usuarias y de quienes les acompañan a tribunales.

Se deben reconocer las diferencias y favorecer el respeto de toda manifestación externa de la identidad género de una persona ycómo ella se identifica a sí misma. Ello se logra respetando la expresión de género manifestada en los diversos modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos, sin emitir pronunciamientos o juicios de valor que indiquen, explícita o implícitamente, que una determinada expresión no es aceptada como correcta..

> Ejemplos

  • Consultar siempre a cada persona cómo desea ser identificada, sea en la comunicación presencial o remota, dirigiéndose a ella, con el fin de manifestar el reconocimiento de su identidad, a través de preguntas tales como, ¿cuál es su nombre?.
  • Permitir que toda persona pueda identificarse como desee en toda plataforma de atención digital. Para ello, se debe incorporar en los sistemas informáticos la opción para la identificación con el nombre social que desee cada persona trans o evitar en formularios preguntar sobre el género, o agregar opciones no binarias en las preformas, adecuando los medios tecnológicos para consignar la identidad de género y que de este modo quede registrada a partir de la primera atención, promoviendo la adaptación al tipo de persona usuaria y su requerimiento para su implementación general. Por ejemplo, al agendar una visita a la plataforma http://www.poderjudicialparatodos.cl/
  • Evitar cualquier comentario, gesto, broma o chiste, imagen o meme, en público o en privado, relacionado con la expresión de género de las personas o que suponga categorizarlas o etiquetarlas por la forma en que se visten o hablan, o que pueda producir revictimización en causas de violencia.
  • Intervenir en una situación concreta en que otra persona, sea de manera presencial o remota, insulta, agrede verbalmente o realiza algún comentario ofensivo sobre la identidad o expresión de género de otra persona en el tribunal, para resguardar los derechos de la persona insultada o agredida.
  • Procurar en relación a personas intervinientes en causas penales que, en las distintas actuaciones ante tribunales, sean presenciales o remotas, y sea como imputada, testigo o compareciente en audiencia, una persona trans, cualquiera sea su edad, sea identificada de acuerdo a su identidad y expresión de género por todos los sujetos procesales, incluyendo a las otras personas intervinientes y eventuales querellantes.

> Recursos Disponibles

  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Acta 53-2020: Auto acordado sobre funcionamiento del poder judicial durante la emergencia sanitaria nacional provocada por el brote del nuevo coronavirus. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Respetar el nombre social de personas usuarias trans y de quienes les acompañan a tribunales.

Se debe reconocer el nombre con que las personas se autoidentifican en caso de existir disociación entre el sexo registrado en sus documentos de identidad y la vivencia interna y personal de género. Ante este tipo de situaciones, cada persona que atiende público debe estar atenta para consultar a cada persona usuaria cómo quiere ser identificada.

> Ejemplos

  • Consultar siempre de forma directa a cada persona con qué nombre desea ser identificada, tanto en la atención presencial como remota. En este último caso, favoreciendo que cada persona trans pueda identificarse a sí misma con su nombre social en cualquiera plataforma que se use (Zoom, Meet, otra).
  • Procurar, en el caso de personas que se identifiquen a sí mismas como trans ante el tribunal, no llamarle a viva voz con su nombre legal si la persona no lo ha consentido, ni indicar frente a otras personas, en ninguna circunstancia, el motivo por el cual consulta en el tribunal.
  • Intervenir en una situación concreta en que otra persona, sea de manera presencial o remota, insulta, agrede verbalmente o realiza algún comentario ofensivo sobre el nombre social de otra persona en el tribunal, para resguardar los derechos de la persona insultada o agredida.
  • Consignar en actas el nombre social en los casos de niños, niñas y adolescentes trans, para referirse a ellos de esa forma en todo momento.
  • Procurar en relación a personas intervinientes en causas penales que, en las distintas actuaciones ante tribunales, sean presenciales o remotas, y sea como imputada, testigo o compareciente en audiencia, una persona trans, cualquiera sea su edad, sea identificada de acuerdo a su nombre social por todos los sujetos procesales, incluyendo a las otras personas intervinientes y eventuales querellantes.
  • Procurar en relación a personas intervinientes en causas de familia, civiles, laborales o ante tribunales superiores de justicia que, en las distintas actuaciones ante tribunales, sean presenciales o remotas, una persona trans, cualquiera sea su edad, sea identificada de acuerdo a su nombre social.

> Recursos Disponibles

  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Facilitar la atención del sistema de justicia para mujeres y personas LGBTI que están en situación de mayor vulnerabilidad por circunstancias adicionales, es decir, hacerse cargo de forma efectiva de la interseccionalidad.

Se deben implementar acciones que reduzcan los efectos diferenciados y no profundicen la potencial discriminación o trato inadecuado que reciben personas usuarias mujeres o LGBTI que están en situación de discapacidad, que se expresan en una lengua diferente, que son migrantes, asiladas o refugiadas, que pertenecen a una etnia o pueblo indígena, son menores de 18 años o personas adultas mayores, que están en condiciones de pobreza, o tienen un bajo nivel educativo, por ejemplo. En estos casos se agravan todos los obstáculos que enfrentan las mujeres y personas LGBTI en el sistema de justicia.

> Ejemplos

  • Elaborar un listado de materiales e informaciones de uso frecuente para hacer un abordaje interseccional, considerando el tipo de tribunal, su ubicación geográfica y el perfil de personas usuarias.
  • Preparar material accesible, pertinente culturalmente y con perspectiva de género y diversidad sexual. Por ejemplo, material escrito en lengua de los pueblos indígenas existentes en el territorio, tales como aymara, rapanui o mapuche y otros, o material escrito en idioma del país de origen de la población migrante que no habla castellano, tal como, material escrito en creole para la población haitiana residente, que esté disponible en formato impreso y digital y en una versión para niños, niñas y adolescentes.
  • Revisar que el listado de materiales e informaciones sea accesible, tanto impreso como digital, para todas las personas (considerando personas en situación de discapacidad visual, auditiva, etc.) y pertinente culturalmente, considerando especialmente el perfil de personas usuarias de su Tribunal (por ejemplo, población mapuche urbana o rural, población migrante, etc.).
  • En la comunicación directa, sea presencial o remota, no debe dirigirse o referirse a las personas mediante términos o expresiones estereotipadas sobre ciertas características, procurando consultar siempre a cada persona cómo desea ser identificada y tratada. Por ejemplo, no usar expresiones como “mija”, “mijita”, “mamita”, “abuelo”, “chinitos”, “negrita”, “menores”.
  • En el caso de personas en situación de discapacidad, dirigirse siempre a ella y no a quienes la acompañan, reconociéndolas así como sujeto de derecho, a menos que solicite otra cosa.
  • Intervenir si en una situación concreta, sea presencial o remota, otra persona insulta o realiza algún comentario sobre determinadas condiciones de la persona a quien se atiende, para resguardar los derechos de la persona insultada o agredida.
  • Planificar la atención en causas de género o diversidad sexual que tengan presente el elemento de interseccionalidad, a fin de acceder a intérpretes cuando sea necesario o a recursos físicos para facilitar la movilidad, por ejemplo.
  • Adecuar las plataformas electrónicas a personas en situaciones de mayor vulnerabilidad, por ejemplo, incorporando otros idiomas, herramientas de audio lectura destinada a personas ciegas, material adaptable a niños, niñas y adolescentes, etc.
  • Permitir la conexión remota en casos justificados por razones de movilidad de todo orden de personas usuarias atendidas por tribunales, aún en tiempos de funcionamiento regular de manera presencial.
  • Solicitar los cambios informáticos necesarios para identificar personas usuarias que requieren atención especial, por ejemplo, si se trata de una persona migrante, adulto mayor u otra.
  • Evaluar la creación de una línea telefónica o un chat en plataforma que esté disponible las 24 horas de cada día, con el propósito de entregar los horarios de atención, formas de funcionamiento del tribunal y canales para hacer denuncias.

> Recursos Disponibles

  • Servicio de traducción en línea disponible a través de plataforma Vi-Sor y medios digitales. Enlace aquí.
  • Recomendaciones para el abordaje de una política de género en el Poder Judicial chileno de la Comisión de Derechos Humanos y Género de la Asociación de Magistrados y de la Asociación de Magistradas chilenas. Enlace aquí
  • ¿Cómo es un Juzgado de Familia? Cuento de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Folletería Inclusiva para Pueblos Originarios. Enlace aquí.
  • Acta 53-2020: Auto acordado sobre funcionamiento del poder judicial durante la emergencia sanitaria nacional provocada por el brote del nuevo coronavirus. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de personas mayores. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Incorporar progresivamente en la labor de gestión de cada tribunal el enfoque de género y diversidad sexual en los diferentes niveles de esa gestión.

Cuando las mujeres y personas LGBTI concurren a tribunales de justicia usualmente lo hacen por situaciones que constituyen asuntos de gran importancia personal, familiar, laboral o económica, por lo que debe existir una organización institucional de gestión adecuada. Esto es especialmente relevante en casos de alta complejidad, tales como violencia de género o discriminación por orientación sexualo identidad de género en que cualquier deficiencia en la atención puede producir victimización secundaria y acrecentar la posible percepción de indefensión por parte del sistema de justicia.

> Ejemplos

  • Considerar un tiempo suficiente para la atención al público conformado por mujeres y personas LGBTI al planificar las cargas laborales y metas de gestión, teniendo especial atención cuando sean menores de edad o estén en otras circunstancias de mayor vulnerabilidad.
  • Generar estrategias de no binarización, tal como, no derivar sólo a dos sexos formularios, documentos o plataformas informáticas que deban llenar personas usuarias en algunas situaciones o no usar imágenes visuales que representen estereotipos y roles heteronormativos o cisnormativos de forma exclusiva.
  • Generar espacios de trabajo para problematizar casos y diversas realidades, con participación de todas las personas que integran el tribunal, usando metodologías y estrategias lúdicas y enmarcando ese trabajo en los estándares internacionales de derechos humanos, con pleno respeto a la libertad de expresión de ideas y opiniones y a la identidad de cada persona.
  • Procurar implementar algún tipo de catastro de las personas usuarias, que recoja su autoreconocimiento, para eventualmente generar estadísticas internas y así planificar acciones de acuerdo a las identidades de personas usuarias y respetando la privacidad de la información.
  • Monitorear que el tiempo de atención en este perfil de personas usuarias se respete íntegramente.
  • Promover el uso de recursos internos, para el reclamo por personas usuarias o sus acompañantes cuando no se reciba el tiempo requerido para la atención. Tal es el caso de los buzones que se instalan en los tribunales y recursos adicionales, como libros u otros medios que estén accesibles para todas las personas de forma presencial o remota.
  • Promover el conocimiento de iniciativas, sean institucionales, de otros servicios públicos, de la academia o de la sociedad civil que estén destinadas a la sensibilización de temas de igualdad y no discriminación por razón de sexo, género, orientación sexual, identidad o expresión de género.
  • Promover instancias de coordinación interna para el abordaje y solución de conflictos de relaciones humanas que puedan darse en la unidad respectiva por razón de sexo, género, orientación sexual, identidad o expresión de género en torno a la atención a personas usuarias.

> Recursos Disponibles

  • Plan Estratégico del Poder Judicial 2015-2020. Enlace aquí.
  • Estudio Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia usuarias del Poder Judicial  2020-2021. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de personas mayores. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Garantizar la permanente presencia de personas sensibilizadas a los temas de género y diversidad sexual en los ingresos de los edificios institucionales y en el primer contacto con el tribunal, destinadas especialmente a la acogida de mujeres y personas LGBTI.

El primer acercamiento de una persona usuaria que concurre por temáticas de género o diversidad sexual con personas funcionarias de un tribunal debe ser de acogida y cercanía, sea de forma presencial o de forma remota. Quienes trabajan en el ingreso de edificios o en recepción de primeras consultas por medios telemáticos, pueden generar una imagen de distancia que inhiba preguntas o incluso la entrada al recinto. Esto es especialmente relevante cuando se trata de niños, niñas y adolescentes y personas adultas mayores que concurren a un tribunal, cualquiera sea su competencia.

> Ejemplos

  • Garantizar la participación en acciones de sensibilización y formación certificada en temas de género y diversidad sexual del total de personas que se desempeñan en puestos de acceso a edificios de tribunales, o respuesta en medios telemáticos, y que constituyen el primer contacto con las personas usuarias, incorporando este aspecto en las bases de licitación o en la coordinación con otras reparticiones, cuando corresponda.
  • Promover que las labores de guardia en el ingreso a edificios de tribunales puedan también ser desarrolladas por una mayor cantidad de mujeres o personas LGBTI, capacitadas en temáticas de género y diversidad sexual, incorporando estos puntos en las bases de las licitaciones y coordinando debidamente con Gendarmería de Chile, cuando corresponda.
  • Monitorear el desempeño en términos de trato de personas funcionarias que se desempeñan en puestos de acceso y constituyen el primer contacto con las personas usuarias en el caso de atención presencial.
  • Gestionar la incorporación de estas materias ante quienes corresponde la capacitación formal de personas integrantes del Poder Judicial.
  • Promover el uso de recursos internos, para el reclamo por personas usuarias o sus acompañantes cuando no se reciba el tiempo requerido para la atención. Tal es el caso de los buzones que se instalan en los tribunales y recursos adicionales, como libros u otros medios que estén accesibles para todas las personas de forma presencial o remota, procurando recabar información sobre la situación ocurrida y entregando por escrito disculpas en caso de ser hechos imputables al tribunal.
  • Replicar la figura del “anfitrión o anfitriona judicial” existente en algunos tribunales, como figura que recibe y orienta a las personas usuarias en casos de atención presencial.
  • Tener disponibles recursos amigables para niños, niñas y adolescentes para explicarles aspectos relacionados con el Poder Judicial.

> Recursos Disponibles

  • ¿Cómo es un Juzgado de Familia? Cuento de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Enlace aquí.

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1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Garantizar privacidad e intimidad a toda mujer o persona LGBTI que concurra a tribunales a realizar alguna gestión o denuncia.

Procurar el cuidado de la privacidad e intimidad de estas personas usuarias y asegurar que la información no se haga pública, con especial cuidado en la primera atención, sea presencial o por medios digitales, y considerando la voluntad de la propia persona. Esto es especialmente relevante en delitos sexuales, causas de violencia intrafamiliar, causas de discriminación u otras de similar gravedad, en las que es posible que se produzca revictimización. Es necesario que mujeres y personas LGBTI se sientan acogidas por el sistema de justicia para que no desistan de la gestión o denuncia por este motivo, por lo que es determinante el trato al iniciar un proceso.

> Ejemplos

  • Supervisar que la debida diligencia investigativa en caso de delitos de connotación sexual en procesos penales, o en casos de acoso sexual o acoso laboral, no genere revictimización con la reiteración del testimonio o el uso de estereotipos de género.
  • Evitar poner en duda la credibilidad o la extensión del daño o afectación en casos de procesos iniciados a nivel interno por el poder judicial conforme al procedimiento para la prevención, denuncia y tratamiento acoso sexual, ACTA 103-2018.
  • Promover la coordinación interinstitucional con Ministerio Público, Defensoría Penal, PDI y Carabineros, entre otros servicios, para hacer operativa la Ley 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a niños, niñas y adolescentes (NNA), víctimas de delitos graves, de modo de prevenir efectivamente la victimización secundaria.
  • En el caso de atención presencial, usar espacios separados para conversar, garantizando que sea un lugar apropiado para que exponga la situación que una persona denuncia y sus argumentaciones; usando un volumen de voz adecuado para evitar que el resto de las personas presentes en el tribunal escuchen información privada.
  • La persona funcionaria que recibe una declaración de hechos en causas de especial gravedad e impacto público, sea de manera presencial o remota, debe contar con formación adecuada en la materia; no formular una calificación de los hechos o circunstancias que escucha; resguardar la integridad de la persona que declara como presunta víctima y la confidencialidad del relato; evitar emitir frases o juicios de valor sobre los hechos; no hacer comentarios que se presten para burla u ofensa y evitar relacionar los hechos que relata una persona víctima de violencia con estereotipos de género o roles binarios entre hombres y mujeres, porque puede parecer que se le está atribuyendo la responsabilidad a ella.
  • Adoptar las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad en la atención remota, consultando a la persona usuaria y evaluando si se encuentra en un lugar apto y en las condiciones necesarias, para expresarse libremente.
  • Favorecer medidas para la atención presencial privada y confidencial en aquellos casos en que se requiera, y que por situaciones especiales se esté usando atención remota, con énfasis en personas en situación de vulnerabilidad.

> Recursos Disponibles

  • Glosario de Términos Jurídicos, elaborado por la Comisión de Lenguaje Claro. Enlace aquí.
  • Política de atención de usuarios, elaborada por el Subcomité de atención a usuarios. Enlace aquí.
  • Acta 71-2016 de Ley de Tramitación Electrónica, capítulos VI, VII y VIII. Enlace aquí.
  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Acta N° 53-2020: Auto acordado sobre funcionamiento del poder Judicial durante la emergencia sanitaria. Enlace aquí.
  • Estudio Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia usuarias del Poder Judicial  2020-2021. Enlace aquí.
  • Protocolo operativo de funcionamiento de tribunales por medios telemáticos durante la contingencia provocada por covid -19. Enlace aquí.