1. RECOMENDACIONES QUE CONTRIBUYEN A MEJORAR LA ATENCION DE JUSTICIA A PERSONAS USUARIAS DEL TRIBUNAL.

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Redactar sentencias en lenguaje accesible por medio de palabras simples de entender por las personas usuarias, especialmente cuando se trate de asuntos que incorporan el componente de género y diversidad sexual.

Cuando mujeres y personas LGBTI concurren a tribunales, por regla general, no tienen formación jurídica, por lo que a fin de lograr que puedan ver satisfecho su derecho al acceso a la justicia en los resultados que procuran, es necesario que las sentencias comuniquen por sí mismas de forma clara la decisión judicial. Además, una sentencia puede tener un efecto reparatorio especialmente relevante si utiliza un enfoque de género en su redacción a través de un texto que utilice un lenguaje no sexista ni tampoco estereotipos. Un lenguaje puede ser inclusivo y no sexista cuando favorece eliminar ideas erradas que se transmiten a través del lenguaje sobre las identidades de personas, comportamientos esperados, prácticas y roles supuestamente correspondientes a cada sexo u otras que pueden ser la base para la violencia.

> Ejemplos

  • Cuidar que la forma de explicar tanto los hechos, cómo se ha valorado la prueba, así como la decisión, se haga usando palabras y frases de fácil comprensión, que no menoscaben el punto de vista técnico-legal.
  • Evitar caer en el uso de fórmulas o expresiones innecesarias, por ejemplo, el uso de aforismos jurídicos expresados en latín debe ser ponderado.
  • Promover el sentido que se puede dar al lenguaje inclusivo y no sexista, identificando formas tomadas del español que sean neutrales e incluyan a todas las personas. Para ello, es posible usar abstractos a través de los cuales se evita asumir que todas las personas son hombres, usando expresiones inclusivas, como señalar: “Quien concurre ante este tribunal” y no “El demandante”.

> Recursos Disponibles

  • Cuaderno de Buenas prácticas para incorporar la perspectiva de género en las sentencias elaborado desde la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No discriminación. Enlace aquí.
  • Protocolo de acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia. Enlace aquí.
  • Protocolo de implementación judicial de la Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Enlace aquí.
  • Recomendaciones para el abordaje de una política de género en el Poder Judicial chileno de la Comisión de Derechos Humanos y Género de la Asociación de Magistrados y de la Asociación de Magistradas Chilenas. Enlace aquí.
  • Manual de Estilo para Redacción de Sentencias, propuesto por la Comisión de Lenguaje Claro.Enlace aquí.
  • Guía: Ley N° 21.120. El derecho a la identidad de género de personas usuarias e integrantes del Poder Judicial. Enlace aquí.
  • Documento ¿Qué significa “juzgar con perspectiva de género”?. Enlace aquí.
  • Buscador de jurisprudencia con perspectiva de género de la STCS. Enlace aquí.